El Congreso de Zacatecas aprobó con 21 votos a favor la despenalización del aborto, permitiendo la interrupción legal del embarazo hasta las 12 semanas de gestación. Esta decisión reforma y deroga varios artículos del Código Penal del estado, enmarcándose dentro de una tendencia nacional hacia la ampliación de los derechos reproductivos.
Entre los cambios más relevantes:
- Se añade un segundo párrafo al artículo 310 del Código Penal que define el aborto como la interrupción del embarazo después de las primeras 12 semanas de gestación.
- Se incorpora un nuevo artículo que penaliza el aborto forzado, definido como la interrupción del embarazo sin el consentimiento de la mujer gestante.
- Se elimina el artículo 312 y se reforman otros artículos que especifican circunstancias en las que no se penaliza el aborto, tales como embarazo por violación, inseminación artificial no consentida, riesgo de muerte para la persona gestante, alteraciones genéticas graves en el producto, o cuando la salud de la mujer gestante esté en peligro.
Con esta reforma, Zacatecas se suma a otras entidades federativas como Ciudad de México, Oaxaca, Veracruz y Aguascalientes que han aprobado la interrupción legal del embarazo dentro de los primeros tres meses de gestación.
La decisión ha generado debate entre sectores que defienden los derechos reproductivos y aquellos que se oponen al aborto. Organizaciones feministas y colectivos en defensa de los derechos de las mujeres celebraron la decisión como un avance significativo hacia la igualdad y el acceso a servicios de salud dignos.
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