Chetumal, 30 de agosto 2023. – En el Congreso del estado de Quintana Roo es impulsada una serie de modificaciones a la Ley del acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y al Código Penal de la entidad con las que se busca establecer hasta 8 años de prisión a quienes divulguen a través de cualquier medio de comunicación digital, imágenes o videos de contenido sexual sin el consentimiento de la persona que aparezca en ellos. Plantean prisión
Esta propuesta ha sido presentada por la diputada del Partido Acción Nacional (PAN) Cinthya Millán y plantea reformar tanto el artículo 15 BIS de la Ley del acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y el artículo 130 del código penal.
“Las tecnologías de la información constituyen en la actualidad un medio para la comisión de diversos delitos cuya regulación ha quedado desfasada de la realidad, así tenemos que el delito de violación a la intimidad sexual y el tipo de violencia digital ha ido en aumento debido a la falta de una regulación específica acorde al código penal federal”, se señala en el documento.
En ese sentido, la propuesta presentada por la diputada tiene como objetivo ampliar los criterios que determinan cuándo una persona sea catalogada como agresora digital en contra de las mujeres, especialmente cuando se dañe su intimidad, privacidad y dignidad a través de la publicación del contenido íntimo.
“La difusión de imágenes de contenido sexual sin el consentimiento de la persona que aparezcan ellas es una de las diversas conductas que constituyen violencia contra las mujeres de tipo sexual que afecta principalmente a las mujeres y atenta contra la libertad de autonomía sexual la privacidad y la intimidad sexual independientemente de la forma en la que se obtengan las imágenes y su difusión puede darse en medios digitales o en medios análogos”.
Por otro lado, se propone reformar el artículo 130 del Código Penal de la entidad, con el cual se otorgue hasta 8 años de prisión y de 200 a 500 de multa a quienes sean declarados como agresores a la intimidad sexual bajo cualquier modalidad.
“Comete delito e violacion a la intimidad sexual, quien videograbe, audiograbe, fotografíe, imprima o elabore imágenes, audios o videos con contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento aprobación o autorización”.
En el caso de quienes cometan este delito aumentarán hasta cuatro años si se trata del cónyuge, cuando se cometa en contra de una persona con discapacidad, cuando sea cometido por un servidor público o en contra de menores de edad. Plantean prisión