La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la prohibición del aborto voluntario en Chihuahua, convirtiéndolo en el estado número 21 en permitir la interrupción legal del embarazo hasta las 12 semanas. Sin embargo, a diferencia de otras entidades donde la despenalización se logró mediante reformas legislativas, en este caso fue obra de una decisión judicial ante la negativa del Congreso estatal de modificar la ley.
La resolución, derivada de la Declaratoria General de Inconstitucionalidad 1/2024, invalida de manera inmediata varios artículos del Código Penal estatal, eliminando así las restricciones al aborto voluntario y los requisitos para acceder a este procedimiento en casos de violación. Con ello, Chihuahua debe garantizar el acceso a este servicio de salud sin necesidad de reformas adicionales en su legislación local.
Organizaciones feministas celebraron la decisión y enfatizaron que tiene efectos retroactivos. Esto significa que el estado deberá cerrar cualquier investigación o sentencia en curso contra personas que hayan abortado voluntariamente. Además, el gobierno estatal está obligado a proporcionar este servicio sin obstáculos, siguiendo las órdenes de la SCJN y de sentencias previas de tribunales colegiados.
Este fallo es resultado del amparo promovido por una mujer que impugnó las restricciones al aborto en Chihuahua, lo que llevó a la Corte a ordenar al Congreso modificar la ley en 2023. Al no cumplirse el mandato dentro del plazo establecido, el máximo tribunal del país intervino con esta declaratoria, sentando un precedente en la lucha por los derechos reproductivos en México.
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