Chetumal, 23 de junio 2023. – La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) considera que la recién decretada Ley de Movilidad de Quintana Roo es discriminatoria y por ello interpuso un recurso de inconstitucionalidad específicamente contra del artículo 151 fracción IX.
El artículo mencionado establece que los operadores de plataformas digitales de transporte como Uber o Didi deben acreditar que no tienen antecedentes penales para poder operar en Quintana Roo.
Por ello, la Comisión presentó la demanda de invalidez ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) pidiendo la anulación de la misma.
Ley de Movilidad crea margen de exclusión injustificada: CNDH
La impugnación presentada por la dependencia que encabeza Rosario Piedra Ibarra,”estima que dicha exigencia transgrede los derechos de igualdad y no discriminación, así como la libertad de trabajo, ya que, por su generalidad, crea un amplio margen de exclusión injustificada en perjuicio de determinadas personas para desempeñarse en esa actividad laboral”.
“Dicha disposición resulta incompatible con el parámetro de regularidad constitucional, toda vez que es desproporcionada y claramente sobreinclusiva, pues tiene por efecto excluir de forma injustificada a un sector de la población de la posibilidad de desempeñarse como conductora de un servicio de transporte de pasajeros, en contravención al derecho de igualdad y no discriminación y a la liberta de trabajo”, agregan.
También existen amparos contra la Ley de Movilidad de Quintana Roo
Es importante recordar que el pasado 8 de junio, Uber Eats ganó una suspensión provisional en contra de algunos puntos de la recién aprobada Ley de Movilidad de Quintana Roo por lo que la empresa no se verá obligada a someterse el régimen de autorizaciones, permisos y declaratoria de sostenibilidad para poder operar en la entidad.
La suspensión también indica que no se verán obligados a realizar el pago de una contribución al estado de hasta 1.5% del costo de cada viaje.
Además, establece que las autoridades deberán abstenerse de sancionar a los repartidores que laboran para esta plataforma, es decir, que el recurso y sus efectos se refieren únicamente al servicio de reparto de comida. En este mismo sentido, la compañía Rappi anunció que buscará obtener la misma suspensión en las próximas semanas.